Ayudas a las empresas de transporte en Cataluña 2023
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Cataluña convoca las ayudas a las empresas de transporte por carretera 2023. Esta ayuda beneficia a los autónomos y empresas de transporte de mercancías y pasajeros de Cataluña. En este artículo, te cuento cómo puedes beneficiarte
Tabla de contenidos
Subvención empresas de transporte Cataluña
El Departamento de Territorio de la Generalitat ha publicado la Resolución TER/1402/2023 por la que se convocan las subvenciones para la modernización de empresas de transporte, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, a través de los fondos Next Generation EU.
¿Qué puedo subvencionar con estás ayudas?
Se han establecido 9 categorías de soluciones de modernización subvencionables, cada una de las cuales está diseñada para impulsar la digitalización y la implementación de nuevas tecnologías en el sector de transporte.
Cataluña ha recibido para esta convocatoria 17.481.246 euros.
Estas categorías son las siguientes:
- 1.- Gestión de documentos de control electrónico
- 2.- Sistema de tacógrafo inteligentes de segunda generación
- 3.- Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión
- 4.- Implementación de sistemas Transportation Management System (Sistema de Gestión del Transporte)/Enterprise Resource Planning (Sistema de planificación de recursos empresariales)
- 5.- Implantación de sistemas Sistema de ayuda a la Explotación
- 6.- Actualización de sistemas Sistema de ayuda a la Explotación
- 7.- Ayudas a los servicios de transporte de viajeros
- 8.- Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos
- 9.- Mejora de sistemas de ticketing
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones:
- Las personas físicas o jurídicas
- Siempre que tengan residencia fiscal en Cataluña, con la condición de autónomo o pyme
- Y que sean titulares de alguna de las autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas que te muestro a continuación.
Autorizaciones en vigor a fecha de solicitud:
- 1.- Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MDPE.
- 2.- Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.
- 3.- Una autorización de transporte público de mercancías, habilitando para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.
- 4.- Una autorización de operador de transporte habilitante para hacer de intermediario en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT.
- 5.- También pueden ser beneficiarias las personas jurídicas privadas que a la fecha de la solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estén exentas de la obtención de las autorizaciones incluidas en los apartados anteriores. Así como las que intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.
Trámites para realizar la solicitud de la ayuda en la Generalitat de Catalunya
- Todas las solicitudes deben ser presentadas por vía telemática y mediante firma digital en https://web.gencat.cat/es/tramits/index.html, buscando por el nombre: “Subvenciones para modernizar empresas de transporte de viajeros y mercancías por carretera”.
- Puedes descargarte en el siguiente enlace el formulario específico habilitado para tramitar la solicitud de esta subvención y que es de uso obligatorio.
- Las solicitudes deben presentarse por tipología de actuación y se deberá presentar una solicitud por solución de modernización hasta un máximo de 2 soluciones.
- Una vez presentada la solicitud y en el plazo máximo de 6 meses, el solicitante o persona indicada para recibir las notificaciones, recibirá una resolución de concesión o denegación de la subvención debidamente motivada.
- Estas ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, las subvenciones se conceden por orden de presentación de las solicitudes con la documentación completa hasta agotar la dotación presupuestaria o finalización del plazo de la convocatoria, el 30 de junio de 2024.
¿Qué documentación se debe presentar?
Para solicitar la subvención tienes que presentar la siguiente documentación:
- 1.- Fotocopia del DNI/NIF/NIE (sólo en caso de que no hayas autorizado la consulta).
- 2.- Certificado de inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores o en el Certificado de Situación Censal, expedido por la Agencia Tributaria.
- 3.- Documento acreditativo de los poderes de representación o la inscripción en el Representa (en caso de que marques en el formulario que estás inscrito en el Representa y no adjuntes la inscripción, lo revisará de oficio la Generalitat).
- 4.- Certificado del cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la AEAT, el ATC y la Seguridad Social (sólo en caso de que no hayas autorizado la consulta y el importe solicitado supere los 10.000 €).
- 5.- Declaración responsable de marco temporal o declaración de minimis. Una vez cumplimentada deberás pasarla a PDF y firmarla digitalmente.
- 6.- Acreditar el número de trabajadores, mediante:
- A.- Certificado de plantilla media de trabajadores en situación de alta, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, por cada código de cuenta de cotización que se tenga dado de alta, de los últimos doce meses anteriores desde la solicitud de la ayuda.
- B.- En su caso, documentación acreditativa de la condición de autónomo colaborador y autónomo societario de la persona solicitante.
- 7.- Declaración responsable que acredite la condición de persona beneficiaria en aquellos casos donde se interviene en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor o certificado, de manera que no es necesario disponer de una autorización de transporte para ejercer la actividad.
Recuerda que: en un plazo máximo de 3 meses desde la notificación de la resolución, la persona beneficiaria deberá presentar la documentación siguiente:
- 1.- Acuerdo de prestación de soluciones de modernización conforme al modelo firmado por la persona beneficiaria y el proveedor de servicios.
- 2.- Contrato previo a la suscripción del Acuerdo de prestación entre ambas partes.
- 3.- “Cheque moderniza” debidamente rellenado y firmado por ambas partes. La persona beneficiaria cederá al proveedor de soluciones, el derecho al cobro del cheque moderniza por el importe asociado.
- 4.- En caso de las personas jurídicas beneficiarias de una subvención de un importe superior a 10.000 euros, también se debe presentar la declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración.
Una vez presentada la documentación, la Administración dispondrá de 10 días hábiles para responder sobre la validez del Acuerdo.
Si transcurre el plazo y no se recibe respuesta, el Acuerdo se considerará válido.
Proveedor de soluciones de modernización
En VDO somos proveedores de soluciones de modernización y te guiamos en todo el proceso de gestión de las ayudas.
Recuerda que las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Debes darte prisa: se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud de ayuda que agote el importe total asignado a Cataluña.
Desde VDO nos encargamos de preparar, y en su caso, solicitar la ayuda en base a los requerimientos de la convocatoria y te avisamos de su concesión: Quiero solicitar mi ayuda
Espero que este artículo te haya sido útil. A continuación te dejo otros artículos que pueden ser de tu interés:
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